CONVOCATORIA PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE TESIS DOCTORAL 2023-24

El Comité de Dirección de la Escuela Internacional de Doctorado (EID) de la Universidad Politécnica de Madrid ha convocado los Premios Extraordinarios de Tesis Doctoral dirigidos a aquellos doctores que hayan defendido su tesis doctoral durante el curso académico 2023-24.

Podrán optar a estos premios los doctores cuya defensa de tesis haya tenido lugar entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024, que hayan obtenido la mención “cum laude” y soliciten expresamente la distinción. El número de propuestas por cada Centro será como máximo de una por cada 10 tesis defendidas, o fracción.

Los interesados deberán presentar su solicitud para el premio a través de la Sede Electrónica de la UPM entre el 1 y el 30 del mes de septiembre de 2025 siguiendo las indicaciones recogidas en el documento “Procedimiento de Evaluación”. Será necesario adjuntar el modelo Méritos relacionados con la tesis.

Documentos y modelos asociados:

Convocatoria Premios Extraordinarios de la EID

Procedimiento de Evaluación (leer detenidamente)

Baremo de méritos

Modelo_Méritos relacionados con la tesis (pdf) (a cumplimentar por el solicitante y adjuntar en la solicitud)

Modelo_Méritos relacionados con la tesis (word) (a cumplimentar por el solicitante y adjuntar en la solicitud)

Nota: si el solicitante no dispone de firma electrónica deberá ponerse en contacto con la Subdirección de Investigación, Innovación y Doctorado  (subdirectora.id.arquitectura@upm.esmdelosangeles.navacerrada@upm.es)

Convocatorias CEYDE: «Programa de Jóvenes Investigadores» de la Comunidad de Madrid

Convocatoria, para el año 2025, de subvenciones públicas destinadas a la financiación del «Programa de Jóvenes Investigadores», de la Comunidad de Madrid.

Objeto.

Convocar, para el año 2025, las subvenciones del «Programa de Jóvenes Investigadores» para la contratación de personas jóvenes, menores de 30 años, capacitadas para llevar a cabo proyectos de investigación en calidad de investigadoras, tecnólogas, personal técnico y otros perfiles profesionales en I+D+i; facilitando su inserción laboral tanto en el sector público como en el privado para contribuir a incrementar la competitividad de la investigación y la innovación.

Beneficiarios.

Podrán tener la condición de beneficiarios de la subvención al amparo de la convocatoria realizada por esta Orden, de conformidad con el apartado 1 del artículo 4 de la Orden de 26 de julio de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, las siguientes personas jurídicas, con centro de trabajo en la Comunidad de Madrid:

a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

b) Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

c) Centros e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividades de I+D+i.

d) Institutos de investigación biomédica o sanitaria acreditados por orden ministerial.

e) Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.

f) Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que en sus esta[1]tutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, tengan la I+D+i como actividad principal.

g) Centros privados de I+D+i, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, que tengan definida en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, la I+D+i como actividad principal.

h) Empresas pertenecientes al sector público o privado, que estén invirtiendo en la realización de iniciativas de investigación e innovación.

i) También podrán ser entidades y centros beneficiarios, los centros de I+D a que se refiere la disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/2011, de 1 de junio, así como el organismo autónomo IMIDRA, adscrito a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.

OFERTA DE BECA (SCOLARSHIP OFFER)

Beca de colaboración con cargo a convenios/proyectos de investigación
(Collaboration grant under agreements / research projects).

  1. Perfil (Profile): Graduado en Arquitectura
  2. Categoría (Position): Estudiante
  3. Línea de Invesigación (Research line): Didácticas para una nueva vecindad (L3), Comunicación Arquitectónica
  4. Centro de trabajo (Work centre): ETSAM UPM
  5. Dirección (Address): Avd. de Juan de Herrera 4, Madrid
  6. Jornada (Working time): 15 h
  7. Asignación bruta/mes (Gorss salary/month): 1000€
  8. Duración prevista (Expected duration): 2 meses
  9. Fecha prevista de inicio (Scheduled start date): 01/09/25
  10. Titulación requerida (Required experience): Generación de cartografías urbanas interespecie. Conocimientos en edificación y generación de contenidos multimedia.
  11. Otros (Other): Grupo de investigación HIPERMEDIA: Taller de Configuración y Comunicación Arquitectónica, Proyecto de investigación AVECINAS.

Interesados enviar CV (Pease send CV to): e.roig@upm.es

Ayudas predoctorales y posdoctorales del acuerdo Banco de Santander-UPM

Estimados investigadores:

Está abierta la convocatoria de ayudas predoctorales y posdoctorales del acuerdo Banco de Santander-UPM.

Características:

  • 100 Becas Predoctorales, Dotación: 2.000 €/beca, Gastos elegibles: formación predoctoral, movilidad, costes de publicación de la tesis y publicaciones de alto impacto. Destinatarios: alumnos de Doctorado matriculados en la UPM a tiempo completo, con las tasas pagadas.
  • 54 Becas Postdoctorales, Dotación: 4.000 €/beca, Gastos elegibles: formación, movilidad, publicaciones de alto impacto Destinatarios: se dará preferencia a investigadores con contratos postdoctorales en la UPM respecto al profesorado contratado.

Plazo inscripción:  hasta el 15 de octubre de 2025

Inscripción y más información: (atención a las condiciones específicas de la UPM)

Predoctoral: https://app.santanderopenacademy.com/es/program/ayuda-economica-para-personal-investigador-predoctoral-2025

Postdoctoral: https://app.santanderopenacademy.com/es/program/ayudas-para-personal-investigador-postdoctoral-2025

Una vez resuelta la convocatoria, la UPM solo contactará a través de correos “@upm.es”.

Un saludo,

Convocatoria de ayudas para la publicación en acceso abierto en revistas Q1 y Q2

Les informamos que el pasado jueves, 5 de junio, se publicó en el Boletín Oficial de la UPM la Convocatoria de ayudas para la publicación en acceso abierto en revistas Q1 y Q2, en el marco del Programa Propio de Investigación 2025.

El plazo para la presentación de solicitudes estará abierto desde el 6 de junio de 2025, hasta el 5 de septiembre de 2025 a las 14:00 (hora peninsular española, CET).

El objetivo principal de esta convocatoria es financiar el pago de los costes de publicación en acceso abierto que no puedan ser cubiertos mediante las APC gestionadas por la Biblioteca Universitaria, ni beneficiarse de descuentos derivados de los acuerdos suscritos con determinadas editoriales. Esta ayuda está destinada a artículos publicados entre el 7 de septiembre de 2024 y el 5 de septiembre de 2025, con un importe máximo subvencionable de 3.000 € por solicitud.

Las ayudas también servirán para los períodos sin APCs que indica la tabla:

EDITORIALSIN DISPONIBILIDAD APC
ElsevierDesde septiembre de 2024 – hasta 11 abril de 2025
SpringerDesde octubre de 2024 – hasta 23 enero de 2025
WileyDesde noviembre de 2024 – hasta 23 abril de 2025

Toda la información detallada, incluidos los requisitos y el procedimiento de solicitud, está disponible en la web del Programa Propio:

https://www.upm.es/Investigacion/Programa_Propio_UPM/2025

Para cualquier consulta, pueden dirigirse a la dirección de contacto especificada en la convocatoria, que también incluimos a continuación:

Consultas: programapropio.investigacion@upm.es 

Les recordamos que, una vez cumplimentada, la solicitud debe ser registrada en el Registro electrónico de la UPM: https://sede.upm.es/procedimientos/programapropio

Quedamos a su disposición para cualquier aclaración adicional.

Un cordial saludo,

Convocatorias I+D+i 2025

Publicamos la información recibida del Vicerrectorado de Investigación y Doctorado que consideramos de especial interés:

Iniciamos el Programa Propio de I+D+i 2025. A continuación se ofrece una relación de las convocatorias que se terminan de aprobar y sus plazos de cierre. La ayuda de grupos de investigación será objeto de un correo dirigido a los Investigadores Responsables con indicaciones específicas.

Varias cuestiones IMPORTANTES:

  1. Todas las solicitudes han de ser registradas en tiempo y forma, recomendamos especialmente el uso del Registro Electrónico ya que los registros manuales son cada vez más escasos, por supuesto tenéis siempre disponible el Registro físico del Rectorado.
  2. De conformidad con las bases de ejecución presupuestaria que rigen el presupuesto de la UPM, el periodo de ejecución de todas las ayudas finaliza el 31 de diciembre de 2025, improrrogable.
  3. Las ayudas del Programa Propio de I+D+i están sujetas a la Ley General de Subvenciones y solo se pueden gastar en la finalidad para la que se conceden.
  4. Aquellos gastos que hayáis adelantado con cargo a proyectos oficiales, una vez justificados al organismo financiador o si el plazo de ejecución del proyecto hubiera finalizado, no pueden ser objeto de una segunda ayuda, por lo que no tiene objeto solicitarla.
  5. Los proyectos financiados con fondos PRTR están sometidos a una obligación de declaración diaria por lo que los gastos imputados a estas ayudas no pueden ser objeto de modificaciones posteriores; al igual que en los gastos ya justificados, no tiene objeto solicitar una segunda ayuda al programa propio. Las solicitudes que se reciban correspondientes a gastos incurridos con fondos PRTR serán automáticamente desestimadas.
  6. Por favor, enviad todas vuestras consultas a la dirección de contacto que se indica en las convocatorias y que incluimos en este correo.
CONVOCATORIAFECHA DE CIERRE
CENTROS E INSTITUTOS DE I+D+I28 de marzo de 2025
GRUPOS DE INVESTIGACIÓN28 de marzo de 2025
ESTANCIAS DE INVESTIGACIÓN INTERNACIONAL PIF PPI Y PROGRAMAS OFICIALES (≥ 3 MESES)16 de abril de 2025
ESTANCIAS DE INVESTIGACIÓN INTERNACIONAL PDI E INVESTIGADORES DOCTORES (≥ 1 MES)16 de abril de 2025

Os adjuntamos los enlaces de interés donde podéis encontrar toda la información:

Información: https://www.upm.es/Investigacion/Programa_Propio_UPM/2025

Consultas: programapropio.investigacion@upm.es

Registro electrónico: https://sede.upm.es/procedimientos/programapropio

Convocatoria CEYDE 2024: ayudas a proyectos de I+D realizados en colaboración entre grupos de investigación de la Comunidad de Madrid en la modalidad de proyectos sinérgicos de I+D

Extracto de la Orden 5600/2024, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria del año 2024 de ayudas a proyectos de I+D realizados en colaboración entre grupos de investigación pertenecientes a las universidades y organismos de investigación de la Comunidad de Madrid en la modalidad de proyectos sinérgicos de I+D

https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/01/20/BOCM-20250120-13.PDF

Objeto.

El objeto de esta orden de convocatoria, correspondiente al año 2024, es regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, de subvenciones de ayudas a proyectos de I+D realizados en colaboración entre grupos de investigación pertenecientes a las universidades y organismos de investigación de la Comunidad de Madrid en la modalidad de proyectos sinérgicos de I+D.

Beneficiarios.

Podrán tener la condición de entidades beneficiarias aquellas que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 8 de la Orden 2402/2024, de 31 de mayo*, en el momento de presentación de la solicitud.

Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se presentarán por las entidades solicitantes coordinadoras de los proyectos sinérgicos de I+D en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del extracto de esta orden de convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

* Artículo 8 de la Orden 2402/2024, de 31 de mayo

Artículo 8

Entidades beneficiarias

1. Podrán tener la condición de entidades beneficiarias aquellas entidades que reúnan los siguientes requisitos:

a) Cumplan con la definición de organismos de investigación y difusión de conocimientos establecida en el Marco sobre ayudas estatales de investigación, desarrollo e innovación (2022/C 414/01).

Conforme a esta definición, podrá ser beneficiaria cualquier entidad (por ejemplo, universidades o centros de investigación, organismos de transferencia de tecnologías, intermediarios de innovación o entidades colaborativas reales o virtuales orientadas a la investigación), independientemente de su personalidad jurídica (de Derecho público o privado) o su forma de financiación, cuyo principal objetivo sea realizar investigación fundamental, investigación industrial o desarrollo experimental o difundir ampliamente los resultados de las mismas, mediante la enseñanza, la publicación o la transferencia de tecnología. Cuando dicha entidad desarrolle también actividades económicas, la financiación, los costes y los ingresos respectivos deberán consignarse por separado. Las empresas que puedan ejercer una influencia decisiva en dichas entidades en calidad, por ejemplo, de accionistas o miembros, no podrán gozar de acceso preferente a los resultados de la investigación que generen.

b) Estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal o establecimiento permanente en la Comunidad de Madrid en el momento de presentar la solicitud de ayuda a las convocatorias publicadas al amparo de esta orden.

c) Pertenezcan a una de las siguientes categorías:

1.o Universidades Públicas y Universidades Privadas, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

2.o Fundaciones Institutos Madrileños de Estudios Avanzados (Fundaciones IMDEA).

3.o Organismos Públicos de Investigación previstos en el capítulo III del título IV de Ley 14/2011, de 1 de junio.

4.o Fundaciones de Investigación Biomédica de las Instituciones Sanitarias adscritas al Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).

5.o Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.

6.o Otras entidades públicas y privadas, sin ánimo de lucro, con capacidad y actividad demostrada en I+D+I, que tengan definidos en sus estatutos la I+D+I como actividad principal.

2. Los requisitos especificados en el apartado 1 deberán mantenerse durante todo el período de ejecución de la ayuda. Las diferentes convocatorias, publicadas al amparo de esta orden, podrán establecer la obligatoriedad de presentar los estatutos sociales de la entidad, la documentación que acredite el domicilio fiscal de la entidad, o cualquier otra documentación que acredite el cumplimiento de los citados requisitos.

3. No podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

4. Las convocatorias podrán limitar, por razones de disponibilidad presupuestaria o estratégicas, dentro de las categorías de entidades beneficiarias establecidas en el apartado 1.c) de este artículo, aquellas que puedan ser beneficiarias

Convocatoria Ayudas Beatriz Galindo.

Por Orden de 30 de diciembre de 2024 de la Secretaría General de Universidades (Bases Reguladoras Orden CNU/692/2019, de 20 de junio) se han convocado las ayudas “Beatriz Galindo 2024” para 100 contratos de investigador distinguido, para atracción de talento a las Universidades españolas, cada uno con una duración de 4 años. 

La convocatoria distingue dos modalidades, y en ambas los contratos han de ser cofinanciados entre el Órgano concedente y las Universidades:

  1. Modalidad Sénior. El docente y/o investigador debe acreditar una experiencia de al menos siete años en docencia e investigación en el extranjero, a contar desde la obtención del título de Doctor y estar desarrollando proyectos en el exterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOE. 
  2. Modalidad Junior. El docente y/o investigador debe acreditar una experiencia como máximo de siete años en docencia e investigación en el extranjero, a contar desde la obtención del título de Doctor, y estar desarrollando proyectos en el exterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOE.

Ayudas Beatriz Galindo para la atracción del talento investigador 2024

La convocatoria establece que las Universidades podrán solicitar hasta cinco ayudas. Para la selección de solicitudes a presentar por parte de la UPM, existe un: “Procedimiento de selección de candidaturas para las convocatorias competitivas que limitan el número de solicitudes” en el que la Comisión de Investigación definirá unos criterios y baremos previos a la identificación de los candidatos y delegará la evaluación en una Subcomisión que evaluará las solicitudes. Las expresiones de interés se realizarán a través de correo electrónico a la dirección: correo electrónico rrhh.investigacion@upm.es con la siguiente documentación y antes del próximo 22 de enero de 2025:

  1. Tipo de ayuda que se solicita: Sénior o Junior.
  2. Certificado del Consejo de Departamento con la aprobación del perfil docente e investigador. (Cada Consejo de Departamento sólo puede proponer una expresión de interés)
  3. Proyecto docente que deberá realizar el docente o investigador incluyendo, entre otros, programación docente. (1 página)
  4. Proyecto de investigación y transferencia del conocimiento que deberá realizar el docente o investigador incluyendo, entre otros aspectos, transferencia del conocimiento y su relación con las estructuras de I+D+i de la Universidad. (2 páginas)
  5. Impacto social y económico para la Universidad. (media página)
  6. Impacto en el proyecto docente e investigador de la Universidad. (media página)
  7. Compromiso de financiación por parte del solicitante y cuenta o proyecto del cual se financiará durante los cuatro años de contrato. (1 página) (Ni el Departamento, ni la Escuela o Facultad, ni la Universidad está obligado a cofinanciar las solicitudes en cantidades superiores a las indicadas en este Art. 3.:
    1. Modalidad Sénior: la cofinanciación mínima será de 25.000 € por parte de la Universidad, que se distribuirá en 10.000 € por el Programa Propio de Investigación de la UPM y el resto por la estructura proponente.
    2. Modalidad Junior: la cofinanciación mínima será de 15.000 € por parte de la Universidad, que se distribuirá en 7.000 € por el Programa Propio de Investigación de la UPM y el resto por la estructura proponente.
  8. CV en formato abreviado FECYT (español o inglés)
  9. Documento acreditativo de la aprobación del perfil docente e investigador en la Junta de Escuela o Facultad

Estos documentos deberán presentarse en inglés y en español. La extensión máxima total para cada uno de estos documentos será de 5 páginas por cada idioma.

Se recuerda que, para poder evaluar la expresión de interés realizada, se ha de disponer de toda la documentación solicitada antes del 22 de enero de 2025.

Para cuestiones relacionadas deben escribir un correo a rrhh.investigacion@upm.es indicando en el asunto “Expresiones de interés Beatriz Galindo 2024”

Convocatoria 2024 de las ayudas Ramón y Cajal y Juan de la Cierva

MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES

  • Extracto de la Resolución de 4 de diciembre de 2024 de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se aprueba la convocatoria 2024 de las ayudas Ramón y Cajal.

https://www.boe.es/boe/dias/2024/12/06/pdfs/BOE-B-2024-44726.pdf

  1. Entidades beneficiarias: En el caso de las ayudas del turno general y del turno de personas con discapacidad, los organismos públicos de investigación, las universidades públicas y sus institutos universitarios, las universidades privadas, las entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, los Institutos de investigación sanitaria acreditados, los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica, y otros centros de I+D+i, públicos y privados sin ánimo de lucro, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2 de la convocatoria.
  2. Plazo de presentación de las solicitudes de participación, tanto para las entidades como para las personas candidatas, será del 16 de diciembre de 2024 al 21 de enero de 2025 a las 14:00 horas (hora peninsular española)
  • Extracto de la Resolución de 4 de diciembre de 2024 de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se aprueba la convocatoria 2024 de las ayudas Juan de la Cierva

https://www.boe.es/boe/dias/2024/12/06/pdfs/BOE-B-2024-44727.pdf

  1. Entidades beneficiarias: n el caso de las ayudas del turno general y del turno de personas con discapacidad, los organismos públicos de investigación, las universidades públicas y sus institutos universitarios, las universidades privadas, las entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, los Institutos de investigación sanitaria acreditados, los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica, y otros centros de I+D+i, públicos y privados sin ánimo de lucro, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2 de la convocatoria.
  2. Plazo de presentación de las solicitudes de participación será desde el 17 de diciembre de 2024 hasta el 24 de enero de 2025 a las 14:00 horas (hora peninsular española).

Programa Marie Sklodowska-Curie Postdoctoral Fellowships

El programa Marie Sklodowska-Curie Postdoctoral Fellowships tiene como objetivo mejorar el potencial creativo e innovador de investigadores con experiencia, a través de proyectos individuales.

El programa busca fomentar una movilidad internacional e intersectorial y está destinado a jóvenes doctores excelentes de cualquier nacionalidad interesados en adquirir nuevas habilidades a través de la formación avanzada.

La convocatoria de 2024 (MSCA-PF-2024) se cerrará el próximo 11 de septiembre de 2024 y la UPM ha iniciado el proceso de promoción del programa y búsqueda de potenciales investigadores excelentes, que a su vez necesitan de un supervisor(a) en la UPM.

La  @opi_upm puede ayudar al PDI de la UPM a buscar candidatos/as mediante la publicación de vuestras Expresiones de Interés en EURAXESS. Asimismo, se ofrecerá a los doctores interesados la posibilidad de asistir a los Writing Days MSCA-PF 2024 en el mes de mayo, un curso formativo online sobre cómo escribir una propuesta de éxito para esta convocatoria.